Aprueban propuestas de categorización de acreedores presentadas por Molino Cañuelas y CAGSA

El Juzgado en lo Civil y Comercial de 6° Nominación de la ciudad de Río Cuarto también designó a los acreedores que integrarán el segundo Comité de Control

Córdoba - Provinciales07 de agosto de 2023Miguel "Cuervo" LeutloffMiguel "Cuervo" Leutloff
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Mediante dos sentencias dictadas el viernes pasado, el Juzgado en lo Civil y Comercial de 6° Nominación de la ciudad de Río Cuarto aprobó las propuestas de categorización de acreedores presentadas por las empresas Molino Cañuelas SACIFIA y Compañía Argentina de Granos SA (CAGSA). Así, estableció definitivamente las categorías de acreedores verificados y declarados admisibles mediante diferentes resoluciones, es decir, acreedores con privilegio especial; acreedores con privilegio general; acreedores quirografarios.

La jueza Mariana Martínez explicó, en un pasaje de la sentencia dirigido a la comunidad, que “categorizar a los acreedores, consiste en agruparlos en clases, teniendo en cuenta ciertas características de los créditos (montos, naturaleza del crédito o de las prestaciones, tipo de moneda, carácter privilegiado o quirografario, entre otros)”. 

Asimismo, indicó que la resolución de categorización que dicta el tribunal fija definitivamente las categorías y los acreedores involucrados en cada una de ellas y, además, resuelve “la constitución de un segundo Comité, que tiende a asegurar la participación de acreedores y trabajadores en el control y seguimiento del proceso”. 

En este sentido, la sentencia dictada en la causa “Molino Cañuelas” designa como integrantes del segundo Comité de Control a los siguientes acreedores: Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, Internacional Finance Corporation, Administración Federal de Ingresos Públicos y Banco de la Nación Argentina; en tanto, nombra representantes de los trabajadores a Emanuel Godoy, Rubén Morgan y Jorge Rossi. 

En ambas sentencias, la magistrada agrega que el dictado de la resolución de categorización determina el inicio o nacimiento del período de exclusividad, es decir, la etapa de negociación de las empresas concursadas con sus acreedores concurrentes.

Causa: “Molino Cañuelas S.A.C.I.F.I.A – Concurso preventivo” y “Compañía Argentina de Granos SA – Concurso preventivo”.
Fecha: 4 de agosto de 2023.
Resoluciones: Sentencias n.° 27 y 28.

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