Nueva prórroga para inscribirse a las ayudas económicas para actividades restringidas

Las ayudas alcanzan a personas físicas o jurídicas con domicilio fiscal en la provincia de Córdoba incluidas dentro de alguno de los 18 rubros afectados por la pandemia.

Córdoba - Provinciales18 de julio de 2021
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El Gobierno de la Provincia de Córdoba, a través de la Secretaría General de la Gobernación, prorrogó hasta el 31 de este mes el plazo de inscripción a las ayudas económicas y financieras para actividades restringidas.

Los beneficiarios son personas físicas o jurídicas con domicilio fiscal en la provincia cuyas actividades hayan sido afectadas a raíz de la contingencia sanitaria por la pandemia.

Con la nueva acreditación que se concretó este viernes 16, ya recibieron la asistencia 6.963 beneficiarios y la Provincia lleva invertidos 267,75 millones de pesos.

La ayuda incluye aportes no reintegrables cuyos montos van de 30 mil pesos a 70 mil pesos según la condición fiscal; beneficios en energía eléctrica y exenciones impositivas.

Abarca a trabajadores de los siguientes rubros:

  • Agencias de viajes.
  • Transporte especial.
  • Bares, confiterías y restaurantes.
  • Salones de fiesta y discotecas.
  • Gimnasio, natatorios y canchas.
  • Escuelas de danza, canto y teatro, y academias de idiomas.
  • Enseñanza de gimnasia, deportes y actividades físicas.
  • Cines, autocines y centros culturales.
  • Centros de formación profesional y academias de oficios.
  • Transporte escolar.
  • Cantinas dentro de establecimientos educativos.
  • Guarderías y jardines maternales.
  • Producción, composición, representación y servicios conexos al desarrollo de espectáculos teatrales y musicales.
  • Peluquerías, centros de estética, spa y similares.
  • Servicios de museos y preservación de lugares y edificios históricos.
  • Servicios de entretenimiento.

Los interesados en obtener la asistencia deben ingresar a la web del Gobierno de Córdoba cba.gov.ar y, con Ciudadano Digital (CiDi) Nivel 2, acceder al formulario digital “Ayuda Directa por Restricciones en la Actividad (ADRA)”. 

Son requisitos: estar inscripto en Rentas en alguna de las actividades restringidas y haber presentado Declaración Jurada de Ingresos Brutos; declarar la cuenta bancaria a nombre del solicitante y en el caso de monotributistas haber efectuado al menos un pago correspondiente al primer trimestre de 2021. La evaluación y aprobación de las solicitudes ingresadas es realizada por la Secretaría General de la Gobernación.

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