Autorizan a una joven a utilizar los apellidos de sus tres progenitores

El juez Tavip declaró la inconstitucionalidad del artículo 558 del Código Civil y Comercial de la Nación que impone un sistema binario de parentalidad

Córdoba - Provinciales23 de octubre de 2024Redacción diario El ManiseroRedacción diario El Manisero
fileImagen

El Juzgado de Familia n.° 2 de la ciudad de Córdoba declaró la inconstitucionalidad del artículo 558 del Código Civil y Comercial de la Nación que impone un sistema de parentalidad binario. En consecuencia, admitió que la filiación de una joven quede constituida por sus dos progenitores biológicos como así también por su padre socioafectivo, quien cumplió el rol paterno desde que nació y a lo largo de toda su vida. En la sentencia, el juez Gabriel Tavip sostuvo que la identidad de la joven se encuentra fundada en los lazos afectivos con los tres progenitores.

La acción de pluriparentalidad fue iniciada por la madre de la joven (hoy mayor de edad). Buscaba que agregue en el acta de nacimiento de su hija “Cati” el apellido de su padre biológico, sin que dicho reconocimiento implique desplazar el vínculo filial establecido con el padre socioafectivo.

En la causa, el padre afín explicó que, desde que nació “Cati”, decidió cumplir el rol de padre, incluso, después de confirmar que no era su hija biológica. Expresó que la joven siempre conoció su identidad biológica; pero agregó que esta circunstancia no afectó a su vínculo y siguieron construyendo su relación, aún luego de haberse separado con la progenitora de la adolescente. Además, manifestó su interés en seguir acompañando a su hija y respetar su decisión de incluir el apellido del padre biológico.

Por su parte, el padre biológico se allanó a la acción iniciada y agregó que “desde que realizaron el estudio de ADN con ‘Cati’ lograron una profunda relación” y que “tienen comunicación fluida y comparten muchos momentos familiares”. Asimismo, puntualizó también quiere respetar la voluntad de su hija de no desplazar su actual vínculo filial. 

En ese sentido, el juez Tavip explicó que, si bien la socioafectividad no se encuentra prevista como una fuente filiatoria de manera directa, de una interpretación integral de todo el sistema normativo, se deduce. Según su criterio, esto habilita la construcción legal de vínculos al registrar realidades afectivas y vinculares preexistentes que deben ser reconocidas de manera clara y efectiva.

El magistrado analizó diversos derechos constitucionales y convencionales que la adolescente ya tenía consagrados: derecho a la identidad, a la dignidad, a la privacidad/intimidad y a la vida familiar, para concluir que limitar el estado filiatorio de “Cati” a sólo dos progenitores (madre y padre por naturaleza) atentaría contra ellos.
  
A partir de la entrevista mantenida con las cuatro personas interesadas durante el proceso, de los testimonios aportados y del informe del equipo técnico incorporado, el juez Tavip confirmó una edificación consensuada del grupo familiar. De esta manera, destacó expresamente el positivo desarrollo de la función parental que “sin egoísmos pudieron pensar la mejor forma filiatoria para Cati”. En tal sentido, el magistrado expresó: “Al verla sentada junto a sus dos padres varones, sentí que en sus miradas cabía todo el amor paterno/filial que una persona siempre anhela tener”.
 
Nombres ficticios

En su resolución, el juez Tavip optó por emplear nombres ficticios para fin de hacer más amena y ágil su lectura, sin que esto lleve a revelar la identidad ni afectar la protección de la intimidad de las personas involucradas en el caso. Ello en el marco del Acuerdo Reglamentario n.° 1850, Serie “A”, del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), que busca asegurar la protección de la intimidad de niñas, niños y adolescentes (NNA) mencionados en documentos judiciales cuya publicidad se exige, sin que esto afecte la claridad de las resoluciones. 

Causa: “RDD, C. c/ S., M. y otro - Acciones de filiación - Ley 10.305”.
Fecha: 2 de septiembre de 2024.
Resolución: Sentencia n.° 259.

Te puede interesar
Nota El Manisero

En San Francisco, Llaryora inauguró el Centro de Atención Ciudadana

Redacción diario El Manisero
Córdoba - Provinciales12 de diciembre de 2024

La nueva central de monitore urbano recibe imágenes de 250 cámaras de última generación instaladas en puntos estratégicos de la ciudad. Además, cuenta con moderna tecnología que permite el patrullaje en altura. Allí se reciben los llamados y mensajes del programa Ojos en Alerta, los avisos de tótems de seguridad y los botones antipánico, además de llamadas de emergencia a través del 911 y el 107, entre otras

Nota2

Llaryora inaugurará un polideportivo social cada 15 días en la ciudad de Córdoba

Redacción diario El Manisero
Córdoba - Provinciales12 de diciembre de 2024

El mandatario precisó que ese número se proyecta para los próximos seis meses. El Gobernador puso en funcionamiento un nuevo polideportivo en barrio Parque República. ⁠El flamante espacio para los vecinos ofrece juegos infantiles, equipamiento deportivo y mobiliario urbano. La Provincia destina 10 mil millones de pesos para la construcción de 30 playones deportivos

Lo más visto
Nota2

Llaryora inaugurará un polideportivo social cada 15 días en la ciudad de Córdoba

Redacción diario El Manisero
Córdoba - Provinciales12 de diciembre de 2024

El mandatario precisó que ese número se proyecta para los próximos seis meses. El Gobernador puso en funcionamiento un nuevo polideportivo en barrio Parque República. ⁠El flamante espacio para los vecinos ofrece juegos infantiles, equipamiento deportivo y mobiliario urbano. La Provincia destina 10 mil millones de pesos para la construcción de 30 playones deportivos